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CLAVE: OR UMA CA 2/2016 VolverVolver ImprimirImprimir
Orden UMA/2/2016, de 21 de enero, de Cantabria, por la que se establece la bonificación del precio del servicio de ayuda a domicilio del sistema para la autonomía y atención a la dependencia para el año 2016
Vigencia:
Norma vigente
Publicado en:
BOC 22/1990
Fecha:
02/03/2016
Ámbito:
Comunidades y Ciudades Autónomas (Cantabria)

INFORMACIÓN
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Descriptores:

SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.

TEXTO DE LA NORMA

Orden UMA/2/2016, de 21 de enero, por la que se establece la bonificación del precio del servicio de ayuda a domicilio del sistema para la autonomía y atención a la dependencia para el año 2016

En el marco establecido por el Decreto 33/2012, de 26 junio, por el que se regulan los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia, la Orden SAN/22/2013, de 23 de diciembre, procedió a fijar la cuantía de dichos precios públicos, sin establecer límite temporal para su vigencia.

No obstante, como mecanismo para fomentar la utilización de este servicio en tanto que favorece la permanencia de las personas en su domicilio y en su entorno, durante los años 2014 y 2015 se ha aprobado una bonificación en el precio por hora que han de abonar los usuarios/as obligados/as a efectuar una contribución económica a la financiación del servicio.

Considerando que las circunstancias que motivaron esta disposición persisten en la actualidad, resulta oportuno establecer la misma bonificación para el año 2016.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la directora del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Cantabria 9/1992, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo único. Bonificación del precio del servicio de ayuda a domicilio.
Para el año 2016, el precio por hora del servicio de ayuda a domicilio prestado en el ámbito del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia tendrá una bonificación para determinar la aportación de los usuarios de 3,40 €/ hora.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Cláusula derogatoria

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 21 de enero de 2016.

La consejera de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social,
Eva Díaz Tezanos.





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