TIPO NORMATIVO PREFIJO FORMATO DE ID.

Fundación Caser para la dependencia

Búsqueda por:

TEXTO LIBRE

(sólo normas completas) buscar por TEXTO LIBRE

Búsqueda por:

CLAVE

(ver siglario) buscar por CLAVE

Búsqueda por:

CATEGORIA

Búsqueda por:

DESCRIPTORES

CLAVE: D-L B 8/2021 VolverVolver ImprimirImprimir
Decreto ley 8/2021, de Baleares, de 30 de agosto, por el que se modifican el Decreto ley 10/2020, de 12 de junio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Islas Baleares, y el Decreto 84/2010, de 25 de junio, por el que se regulan los criterios para calcular la capacidad económica con el fin de establecer la participación económica de las personas beneficiarias de las prestaciones asistenciales que forman parte de la Red Pública de Atención a la Dependencia de las Islas Baleares, y para concretar las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia Disposición final primera
Vigencia:
Norma vigente
Publicado en:
BOIB 118/35527
Fecha:
08/31/2021
Ámbito:
Comunidades y Ciudades Autónomas (Baleares)

INFORMACIÓN
Observaciones: ocultarOcultar

Sólo se reproducen las disposiciones que afectan a la normativa sobre dependencia.
Modifica a: D B 84/2010 (art. 9.7.a)

Descriptores:

COPAGO. SERVICIO DE ATENCION RESIDENCIAL.

TEXTO DE LA NORMA

Decreto ley 8/2021, de 30 de agosto, por el que se modifican el Decreto ley 10/2020, de 12 de junio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Islas Baleares, y el Decreto 84/2010, de 25 de junio, por el que se regulan los criterios para calcular la capacidad económica con el fin de establecer la participación económica de las personas beneficiarias de las prestaciones asistenciales que forman parte de la Red Pública de Atención a la Dependencia de las Islas Baleares, y para concretar las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

(…)

Disposición final primera. Modificación del Decreto 84/2010, de 25 de junio, por el que se regulan los criterios para calcular la capacidad económica con el fin de establecer la participación económica de las personas beneficiarias de las prestaciones asistenciales que forman parte de la Red Pública de Atención a la Dependencia de las Islas Baleares, y para concretar las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

La letra a del apartado séptimo del artículo 9 del Decreto 84/2010, de 25 de junio, por el que se regulan los criterios para calcular la capacidad económica con el fin de establecer la participación económica de las personas beneficiarias de las prestaciones asistenciales que forman parte de la Red Pública de Atención a la Dependencia de las Islas Baleares, y para concretar las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, queda modificada de la manera siguiente:

a) Si la persona interesada tiene cónyuge o pareja de hecho, esta debe disponer de una cuantía anual equivalente a dos IPREMs del ejercicio correspondiente. En el caso de ascendientes mayores de 65 años, descendentes o personas vinculadas por tutela o acogida menores de 25 años o mayores de esta edad en situación de dependencia o discapacidad, siempre que convivan y dependan económicamente, cada una de estas personas debe disponer de una cuantía anual equivalente al IPREM del ejercicio correspondiente. Esta reducción se refiere a la participación económica de la persona usuaria. En ningún caso, lo que prevé este apartado implica reconocer derechos económicos a favor de las personas mencionadas.

(...)

Disposición final tercera. Efectos y entrada en vigor

Este Decreto ley empieza a tener vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, excepto los apartados primero, segundo y sexto del artículo único, que tienen efectos retroactivos a partir del día 16 de junio de 2020.

Palma, 30 de agosto de 2021

La Consejera de Asuntos Sociales y Deportes,
Fina Santiago Rodríguez.

El vicepresidente, (Por suplencia, art. 7 Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears)
Juan Pedro Yllanes Suárez





Optimizado para I.Explorer 8.0 y superiores. 1024 x 768 Copyright Fundación Caser Dependencia/Cecabank © Derechos |  Aviso |  Ayuda