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CLAVE: OR EPS CA 16/2021 VolverVolver ImprimirImprimir
Orden EPS/16/2021, de Cantabria, de 27 de mayo, por la que se fijan los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia
Vigencia:
Norma derogada
Publicado en:
BOC 40/1893
Fecha:
05/28/2021
Ámbito:
Comunidades y Ciudades Autónomas (Cantabria)

INFORMACIÓN
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Deroga a: OR UMA CA 13/2019
Derogada por: OR EPS CA 33/2022

Descriptores:

AGENCIAS O SERVICIOS AUTONOMICOS DE ATENCION A LA DEPENDENCIA. SERVICIOS SOCIALES.

TEXTO DE LA NORMA

Orden EPS/16/2021, de 27 de mayo, por la que se fijan los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia

El Decreto 33/2012, de 26 junio, por el que se regulan los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia, constituye el marco regulador para fijar los precios públicos prestados en el Sistema Público de Servicios Sociales, constituido por centros y servicios de titularidad pública y privada concertada.

Mediante Orden UMA/13/2019, de 14 de marzo, se fijaron los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención de personas en situación de dependencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de dicho Decreto, que determina que la fijación y revisión de la cuantía de los precios públicos de las prestaciones y servicios se realizará mediante Orden de la Consejería competente en materia de servicios sociales.

Como consecuencia de la Orden EPS/6/2021, de 26 de marzo, por la que se regulan los requisitos estructurales, funcionales de los centros de servicios sociales especializados y los requisitos de acreditación de los centros de atención a la dependencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria se modifican los requisitos funcionales de los centros, destacando la nueva exigencia de intensidad de personal de atención directa de forma unificada para todos los grados de dependencia, incluyendo la atención sociosanitaria, por lo que resulta necesario adecuar los precios públicos a esa nueva regulación.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la directora del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda,

DISPONGO

Artículo Único. Objeto
De conformidad con el artículo 5 del Decreto 33/2012, de 26 junio, la presente Orden tiene por objeto fijar la cuantía de los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia, conforme al Anexo a esta Orden.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Delegación de la gestión y liquidación del precio público

Se delega en la entidad prestadora del servicio la gestión y liquidación de la aportación de las personas usuarias. El precio público máximo a satisfacer por cada persona usuaria será establecido mediante Resolución de la Directora del Instituto Cántabro de Servicios Sociales en base a la normativa correspondiente. Estas cantidades se considerarán parte del pago del servicio prestado y se deducirán de la cuantía a abonar por el ICASS en base a los convenios y conciertos de reserva y ocupación de plazas o por los servicios prestados.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA. Derogación normativa

Queda derogada la Orden UMA/13/2019, de 14 de marzo, por la que se fijan los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Normas de desarrollo

Se faculta a la Directora del Instituto Cántabro de Servicios Sociales para dictar las instrucciones necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día 1 de junio de 2021.

Santander, 27 de mayo de 2021.

La consejera de Empleo y Políticas Sociales,
Ana Belén Álvarez Fernández

ANEXO

Los precios públicos máximos que serán exigibles para todos los servicios por día, incluidos todos los conceptos, para cada uno de los servicios, son los que a continuación se relacionan, en función de su tipología:


      Servicios
      Precios
      Personas mayores y personas con discapacidad
      Prestación económica vinculada al transporte
      11,50 €/día
      Ayuda a domicilio
      14,50 €/h
      Teleasistencia
      Con unidad móvil
      1,05 €/día (máx.31,50 €/mes
      Sin unidad móvil
      0,68 €/día (máx.20,50 €/mes)
      Comida a domicilio
      6,50 €/servicio
      Vivienda tutelada
      55,02 €/día
      Alojamiento supervisado
      40,74€/día
      Centro de noche
      26,91 €/noche
      Personas Mayores
      Residencia
      59,76 €/día
      Centro de día
      Sin transporte
      39,49 €/día
      Con transporte
      50,99 €/día
      Personas con discapacidad física
      Residencia 24 h
      71,18 €/día
      Residencia atención básica
      65,13 €/día
      Centro de día
      Sin transporte
      68,39 €/día
      Con transporte
      85,89 €/día
      Personas con discapacidad intelectual
      Residencia 24 h
      65,01 €/día
      Residencia de atención básica
      52,70 €/día
      Centro de día
      Sin transporte
      54,81 €/día
      Con transporte
      66,31 €/día
      Centro ocupacional
      33,75 €/día
      Personas con discapacidad por enfermedad mental
      Resid 24 h. Régimen cerrado
      Trastornos graves de la conducta
      137,46 €/día
      Cumplimiento de medidas judiciales o ttos específicos que requieran autorización judicial
      137,46 €/día
      Resid 24 h. Régimen abierto
      Trastorno mental grave con altos cuidados
      79,00 €/día
      Trastorno mental grave en situación estable
      68,71 €/día
      Unidad psicogeriátrica
      80,26 €/día
      Residencia atención básica
      52,70 €/día
      Centro ocupacional
      Sin transporte
      33,75 €/día
      Con transporte
      45,25 €/día
      Centro rehabilitación psicosocial
      Sin transporte
      33,75 €/día
      Con transporte
      45,25 €/día





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