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CLAVE: L CL 4/2012 VolverVolver ImprimirImprimir
Ley 4/2012, de Castilla y León, de 16 de julio, de Medidas Financieras y Administrativas
Vigencia:
Norma vigente
Publicado en:
BOCYL 136/46801
Fecha:
07/17/2012
Ámbito:
Comunidades y Ciudades Autónomas (Castilla y León)

INFORMACIÓN
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Sólo se reproduce la disposición final 12ª que afecta a la normativa de dependencia.
Modifica a: L CL 16/2010 (art. 19.2)

Descriptores:

CATALOGO DE SERVICIOS DEL SAAD. PRESTACIONES ECONOMICAS.

TEXTO DE LA NORMA

Ley 4/2012, de 16 de julio, de Medidas Financieras y Administrativas

(…)

Disposición final duodécima. Modificación de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León.

Se modifica el último párrafo del apartado 2 del artículo 19 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos:

«Las ayudas previstas en la letra d), cuando sean de naturaleza económica no podrán ser objeto de cesión, embargo o retención. Las prestaciones contempladas en las letras g) a ñ) tendrán la condición de esenciales cuando las condiciones de su reconocimiento y disfrute, así como su contenido, se ajusten a los términos establecidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. La prestación contemplada en la letra g) tendrá asimismo la condición de esencial para las personas de más de ochenta años que la demanden».

(…)

Disposición final decimocuarta. Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la cumplan, y a todos los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.

Valladolid, 16 de julio de 2012.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo





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