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CLAVE: DF N 50/2009 VolverVolver ImprimirImprimir
Decreto Foral 50/2009, de 4 de mayo, de Navarra, por el que se modifica la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte y los Estatutos de la Agencia Navarra para la Dependencia
Vigencia:
Norma vigente
Publicado en:
BON 64/6467
Fecha:
05/25/2009
Ámbito:
Comunidades y Ciudades Autónomas (Navarra)

INFORMACIÓN
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Sólo se transcriben las disposiciones que afectan a la legislación sobre dependencia.
Modifica a: DF N 184/2007 (art. 18; art. 21; art. 22)

Descriptores:

AGENCIAS O SERVICIOS AUTONOMICOS DE ATENCION A LA DEPENDENCIA. COMPETENCIAS DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS.

TEXTO DE LA NORMA

Decreto Foral 50/2009, de 4 de mayo, por el que se modifica la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte y los Estatutos de la Agencia Navarra para la Dependencia

Mediante Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, se aprobó la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

A su vez, mediante Decreto Foral 184/2007, de 10 de septiembre, se aprobaron los Estatutos del Organismo Autónomo denominado Agencia Navarra para la Dependencia (ANDEP) que, dependiendo de la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo, nació con la vocación de estructurar y reorganizar los modelos de gestión de los recursos sociales destinados a la atención a las personas en situación de dependencia o en riesgo de estarlo.

La experiencia acumulada a lo largo de año y medio de funcionamiento ha puesto de manifiesto la necesidad de proceder a diversas modificaciones en la estructura orgánica correspondiente a dichos ámbitos:

En primer lugar, el aumento de las necesidades de información detectadas como consecuencia de la entrada en vigor de la Cartera de Servicios Sociales y del nuevo sistema de garantía de derechos, hacen aconsejable trasladar la Sección de Información desde la Agencia Navarra para la Dependencia a la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo, extendiendo con ello su ámbito orgánico de actuación a toda esta unidad.

En segundo lugar, la puesta en marcha de los nuevos procedimientos de gestión derivados del Programa Individualizado de atención (PIA), han puesto de manifiesto la necesidad de una reorganización estructural que permita una gestión unificada del conjunto de procedimientos de acceso, valoración, gestión y derivación a las prestaciones a las que las personas en situación de dependencia tienen derecho conforme a la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General.

Por otra parte, la necesidad de una más racional distribución de las tareas de la Secretaría General Técnica, hace necesaria una restructuración de las dos secciones que dentro de la misma desarrollan funciones de carácter jurídico y administrativo, lo que implica una redistribución de las funciones atribuidas a cada una de ellas, así como el cambio de denominación de las mismas ajustándose a la nueva situación.

Finalmente, se ha estimado necesario proceder a la desconcentración de las facultades sancionadoras de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte en materia de Consumo en la Directora General de Familia, Infancia y Consumo, en aras a una mayor agilidad y eficacia en la tramitación administrativa de los expedientes correspondientes.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día cuatro de mayo de dos mil nueve,

DECRETO:

(…)

Artículo 2. Modificación de los Estatutos de la Agencia Navarra para la Dependencia.
Se modifican los artículos 18, 21 y 22, de los Estatutos de la Agencia Navarra para la Dependencia, aprobados por Decreto Foral 184/2007, de 10 de septiembre, quedando redactados de la manera siguiente:

Uno.-"Artículo 18. La Subdirección de Prestaciones para la Dependencia.
La Subdirección de Prestaciones para la Dependencia ejercerá, entre otras, las siguientes funciones:

a) Apoyo a la dirección Gerencia en la coordinación de los distintos órganos directivos.

b) Elaboración del contenido de la memoria anual relativo a la Subdirección.

c) Coordinación, gestión, apoyo y asesoramiento a los servicios y centros sociosanitarios de atención a las personas dependientes.

d) Gestión de las prestaciones económicas vinculadas a servicios de las personas dependientes.

e) Gestión de las prestaciones económicas dirigidas a las personas dependientes y sus familias.

f) Gestión de los ingresos en centros.

g) Valoración de las necesidades asistenciales en servicios vinculadas a perfiles, cuidados, actividades y programas de intervención.

h) Colaboración en el diseño, ejecución, evaluación y seguimiento de los planes y programas del Departamento.

i) Apoyo a la dirección gerencia en las materias propias de su competencia."

Dos.-"Artículo 21. Secciones de la Subdirección de Prestaciones para la Dependencia.
La Subdirección de Prestaciones para la Dependencia se estructura en las siguientes Secciones:

-Sección de Prestaciones Económicas.

-Sección de Servicios.

1. La Sección de Prestaciones Económicas ejercerá las siguientes funciones:

a) Derivación y gestión de las prestaciones económicas vinculadas a servicios de las personas dependientes.

b) Derivación y gestión de las prestaciones económicas dirigidas a las personas dependientes y sus familias.

2. La Sección de Servicios ejercerá las siguientes funciones:

a) Derivación y gestión de los servicios establecidos en el PIA.

b) Coordinación, gestión, apoyo y asesoramiento a servicios y centros sociosanitarios de atención a las personas dependientes.

c) Coordinación con el Departamento de Salud en programas de trabajo conjuntos.

d) Valoración de las necesidades asistenciales en servicios, vinculadas a perfiles, actividades y programas de intervención en colaboración con otras secciones de la Subdirección."

Tres.-"Artículo 22. Secciones dependientes de la Dirección Gerencia.
De la Dirección Gerencia depende una sección:

-Sección de Coordinación Administrativa de Prestaciones.

La Sección de Coordinación Administrativa de Prestaciones ejercerá las siguientes funciones:

a) Coordinación de todos los procedimientos administrativos de acceso a prestaciones de las personas dependientes.

b) Tramitación de los expedientes desde la solicitud hasta la elaboración del PIA y derivación a prestaciones o servicios.

c) Gestión de los PIAS.

d) Valoración de la capacidad económica para el acceso de las personas dependientes a las prestaciones de la Cartera de Servicios Sociales."

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Disposición Adicional Única.-Nombramientos.

Se confirman en las mismas condiciones en que se produjeron, los siguientes nombramientos:

-El de la Jefa de la Sección de Información de la Agencia Navarra para la Dependencia, en adelante Jefa de la Sección de Información de la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo

-El del Jefe de la Sección de Régimen Jurídico, en adelante Jefe de la Sección de Régimen Jurídico-Administrativo de Asuntos Sociales.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Disposición Derogatoria Única.-Derogaciones normativas.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Decreto Foral.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición Final Primera.-Facultades de desarrollo.

Se faculta a la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de las previsiones contenidas en el presente Decreto Foral.

Disposición Final Segunda.-Entrada en vigor.

Este Decreto Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 4 de mayo de 2009.

El Presidente del Gobierno de Navarra,
Miguel Sanz Sesma.

La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,
María Isabel García Malo.

Texto completo de la norma: DFN 50-2009.pdf





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